Calculadora del modelo 130, pago fraccionado
Los importes son acumulados desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre. El porcentaje general es el 20 %. En Ceuta, Melilla y, en el tercer y cuarto trimestre de 2026, también en La Palma, las instrucciones de la AEAT lo dejan en el 8 %.
La deducción de vivienda no procede si los ingresos previsibles llegan a 33.007,20 €, si también presentas el modelo 131, si ya comunicaste esa hipoteca a tu pagador del trabajo o si el pago es para construir o ampliar. La casilla no comprueba esos requisitos: solo hace la cuenta si marcas la casilla.
Preguntas frecuentes
¿Quién presenta el modelo 130?
Quien determine el rendimiento en estimación directa, normal o simplificada, y no esté exento. Los profesionales no lo presentan si en el año anterior al menos el 70 % de los ingresos de la actividad llevaron retención. En el año de inicio se mira el propio trimestre.
¿El 20 % es de la facturación o del beneficio?
Del rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero: ingresos íntegros menos gastos deducibles, amortizaciones y, en simplificada, los gastos de difícil justificación que ya hayas calculado tú. Si el neto es negativo, el 20 % de esta casilla es cero.
¿Qué es la minoración de 100, 75, 50 o 25 euros?
Si el rendimiento neto de actividades del año anterior no pasó de 12.000 €, cada trimestre puedes restar 100 € hasta 9.000 €, 75 € hasta 10.000 €, 50 € hasta 11.000 € y 25 € hasta 12.000 €. Si el año anterior no tuviste actividad, la Agencia Tributaria indica que se considere cero y cabe la minoración de 100 €.
¿Por qué el campo de pagos anteriores no es «lo que ya ingresé»?
La casilla 05 del modelo suma las casillas 07 positivas de los trimestres anteriores y resta las casillas 16 de deducción por vivienda. Esa casilla 07 es anterior a la minoración. Si solo anotas el dinero que salió de la cuenta, estarías restando la minoración dos veces.
Fuentes
- Agencia Tributaria: tipos del recargo de equivalencia (manual IVA 2026) 21 % con recargo del 5,2 %; 10 % con 1,4 %; 4 % con 0,5 %. El tabaco tiene un recargo propio del 1,75 % que esta calculadora no aplica.
- Agencia Tributaria: plazo del modelo 303 Trimestral: del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero el cuarto trimestre. Si el último día es inhábil, pasa al siguiente hábil.
- Agencia Tributaria: calendario 2026 y domiciliación Plazos de presentación y de domiciliación de los modelos 303, 130, 111, 115 y 100.
- Agencia Tributaria: instrucciones del modelo 130 20 % del rendimiento neto acumulado (8 % en Ceuta, Melilla y, en el tercer y cuarto trimestre de 2026, también en La Palma). Minoración de 25 a 100 €.
- Agencia Tributaria: cuadro de retenciones IRPF 2026 Profesionales: 15 % con carácter general y 7 % en el inicio de actividad. Hay otros tipos para actividades concretas.
- Ley 37/1992, del IVA Tipos general del 21 %, reducido del 10 % y superreducido del 4 %. En 2026 hubo tipos temporales para energía y carburantes que esta calculadora no aplica.